Descubre y Explora los Beneficios Específicos y Adicionales para los OEA Importadores

Disminución en el Número de Reconocimientos

Disminución del número de reconocimientos, inspecciones físicas y documentales para las operaciones de importación por parte de la DIAN.

01
No Constituir Garantía Especial

Exención de garantías para diversas obligaciones aduaneras.

02
No Constituir Garantía Global para Depósito Privado

No tener que constituir garantía global cuando el OEA sea titular de un depósito privado de procesamiento industrial

03
Importador Declarante

Actuación directa de importadores como declarantes ante la DIAN, no tendría que requerir apoyo de terceros

04
Simplifación de las Inspecciones que Apliquen

Procedimientos especiales y simplificados para reconocimientos o inspecciones como resultado de los sistemas de análisis de riesgos; DIAN; Inspección documental; ICA; prioridad en las inspecciones y reduccion en las inspecciones fisicas y documentales.

05
Canales y Mecanismos Especiales

Atención preferencial en trámites y reconocimientos, dependiendo de la autoridad de control: DIAN, ICA.

06
Atención Preferencial en Controles Aduaneros

Prioridad en controles aduaneros y trámites de importación.

07
Realizar Importaciones en Modalidad “Temporal”

Permiso para importaciones temporales para procesamiento industrial.

08
No Tener Restricciones para Lugar de Ingreso de Mercancías

El OEA importador puede ingresar mercancías al territorio aduanero nacional, sin las restricciones de lugares de ingreso de las mercancías que establece la legislación aduanera.

09
Autorización de Transporte Marítimo entre Puertos Nacionales

Permiso para transporte marítimo entre puertos nacionales en tráfico fronterizo.

10
No Obligado a Registrar Número y Fecha de la Declaración de Importación

Exención de registrar número y fecha de declaración en documentos soporte.

11
Corregir Declaraciones de Importación

El OEA importador puede corregir las declaraciones de importación sin necesidad de autorización de la autoridad aduanera, pueden corregir voluntariamente cuando se liquide un menor valor a pagar por concepto de tributos aduaneros.

12
Presentar Declaración Andina en Medio Magnético

Cuando se le exija, puede presentar la declaración andina de valor, en medio magnético (con los lineamientos del anexo 9 de la Res. 39/21), así́ presentada, se entenderá́ firmada por el OEA importador, por lo tanto, no le es exigible imprimirse y firmarse.

13
Realizar Traslados de Mercancías desde o hacia Áreas Habilitadas no Adyacentes

Permiso para trasladar mercancías hacia o desde áreas no adyacentes en depósitos.

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